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Cuando se pretende abrir un local, nave, oficina u cualquier otro tipo de centro de trabajo, lo primero que hay que hacer es definir bien el tipo de negocio que se a a diseñar y seguir una serie de pasos.

Vamos a intentar de establecer una serie de pautas que suelen ser generalizada para todo tipo de actividades.

  1. Definir el negocio. Es el punto en el que va mas en juego, ya que no se ha empezado a trabajar y ya hay que dar los primeros trazos a la idea para poder buscar un local, buscar proveedores, buscar financiación, etc. Además, se deberían de buscar presupuestos, aunque no esten cerrados, pero para poder hacer un leve cálculo de la inversión a realizar. En este caso no se puede olvidar las tasas municipales, inspecciones por organismos autorizados, etc.
  2. Contactar con un Ingeniero Técnico Industrial. Una vez definido el concepto de linea de negocio, es importante el ponerse en manos de un Ingeniero Técnico Industrial antes de incluso buscar local, o por lo menos antes de firmar el contrato de arrendamiento/compra. Esto es asi porque para cada tipo de negocios existen ciertas limitaciones que hay que cumplir, y ciertos lugares en los que no se puede instaurar algunas actividades. Por lo que puede darse la circunstancia de que un local necesite muchisimo dinero para adecuarlo, y otro con mismas características este practicamente para entrar a trabajar.
  3. Busqueda del local. Una vez de localizar y barajar los precios de los locales, se debe de visitar con el Ingeniero Técnico el local que más se adecúe a las condiciones de sitio,, precio y posibilidad de comercio. Insistimos en que antes de firmar ningún contrato ha de ver el local un Ingeniero Técnico Industrial ya que este os podrá orientar en la cantidad de reforma que ha de hacersele a este para ponerlo plenamente operativo.
  4. Redacción del proyecto. En este apartado entra de lleno el Ingeniero Técnico Industrial. Se ha de plasmar todos los datos y medidas, tomadas con antelación, en un proyecto para justificar cada uno de los apartados de las distintas normativas que afectan al local. Durante esta fase, el cliente ha de recopilar toda la información posible sobre los materiales y maquinaria a instalar en el local, con el objetivo de poder confirmar que lo que la reforma que se va a acometer, o el producto que se a a comprar, cumpla con los requisitos que van a exigir los distintos organismos que visitarán el local.
  5. Acometer la reforma. Aunque en ocasiones se puede redactar el proyecto a la vez que se realiza la reforma, siempre que los plazos lo permitan se aconseja empezarla cuando se termine de redactar el proyecto. De esta manera se asegura que las obras que se acometan no habrá de modificarlas una vez ejecutadas.
  6. Visado del proyecto. Por lo general, las reformas que se han de acometer en el acondicionamiento de locales, solo requiere de una licencia de obra menor, y para solicitarla no es necesario la presentación del proyecto. Es por ello que se aconseja de visar el proyecto, sino cuando se terminen las obras, al menos cuando se vea que no pueden surgir inconvenientes. De esta manera se evitan la redaccion de anexos al proyecto posteriores al visado.En ocasiones, el visado se ha de realizar con posterioridad a las obras, ya que es necesario para la obtención de la licencia de obra mayor.
  7. Autorización de las instalaciones. Una vez realizada la instalación, se ha de obtener la autorización de funcionamiento de las instalaciones. Este trámite es necesario para ciertas instalaciones y aun asi, solo para ciertas potencias y tamaños.
  8. Abono de las tasas municiaples. El importe de las mismas varía de un ayuntamiento a otro, ya que en unos realizan rebajas si el local esta en suelo industrial, otros penalizan los locales en el centro, y un centenar de casos. Es por ello que es preciso de informarse en el ayuntamiento de la localidad en el que se ubique el local
  9. Solicitud de la licencia de apertura ante el ayuntamiento. Se ha de solicitar en el ayuntamiento donde se ubique el local, por escrito y mediante el registro, la licencia de apertura. A esta solicitud habrá de adjuntarse además del proyecto con la dirección técnica, toda la documentación que solicite el ayuntamiento. Esta documentación suele ser muy variada, pero basicamente se trata de la documentación acreditativa del solicitante, del propietario del local, del contrato de arrendamiento, el ultimo recibo del IBI, y otros documentos parecidos.
  10. Espera. Dependiendo del ayuntamiento que se trate, de las autorizaciones necesarias y las instalaciones, se tardará más o menos en tramitar la licencia. Un plazo típico es la resolución del expediente en algo menos de días, aunque es muy variable.

En el menu lateral, pestaña ayuntamientos, puede encontrar un resumen de la documentación necesaria para los ayuntamientos con los que solemos tratar.

Si el establecimiento va estar ubicado en otra localidad distinta a las que relatamos, no dude en ponerse en contacto con nosotros, y le informaremos de la documentación específica.

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